| El bachillerato tendrà como finalidad
la formació integral de los alaumnos, así como
su orientación y preparación homologable con nuestro
entorno eupopeo, para las enseñanzas universitarias, para amb el nostre entorn europeu,
per estudios de formación profesional específicos de grado superior y para la vida
activa. |
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| (Articlo 1.2 Decreto 82/1986) |
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